Promulgan la ley que establece que el transporte aéreo constituye un servicio público esencial

Aeropuerto Internacional de Ezeiza
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El Poder Ejecutivo Nacional promulgó la ley 27.161, que establece que la prestación de los servicios de navegación aérea en y desde el territorio de la República Argentina constituyen un servicio público esencial, y crea la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA).

El Poder Ejecutivo Nacional promulgó la ley 27.161, que establece que la prestación de los servicios de navegación aérea en y desde el territorio de la República Argentina constituyen un servicio público esencial, y crea la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA).

La norma, sancionada el pasado 15 de julio, promulgada el 29 y que se publica hoy en el Boletín Oficial mediante el decreto 1425/2015, precisa que el servicio público de navegación aérea comprende la Gestión del Tránsito Aéreo, incluyendo los Servicios de Tránsito Aéreo; la Gestión de Afluencia del Tránsito Aéreo y la Gestión del Espacio Aéreo.

El Decreto lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el Jefe de Gabinete,Aníbal Fernández y el ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo.

También son parte de la navegación aérea los Servicios de Información Aeronáutica; el Servicio de Comunicaciones Aeronáuticas; el Sistema de Comunicaciones, Navegación y Vigilancia; el Servicio de Búsqueda y Salvamento; y el Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea.

La ley dispone que la actividad realizada en el marco del Servicio Público de Navegación Aérea debe garantizar la seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea, respetando los parámetros de seguridad operacional establecidos o a establecerse por el Sistema Nacional de la Gestión de Seguridad Operacional de la Aviación Civil del Estado Argentino, entre otros.

Dicho servicio se desarrolla en el territorio argentino, sus aguas jurisdiccionales, el espacio aéreo que los cubre y los espacios aéreos extraterritoriales.

La creación de la EANA tiene como objetivo la prestación del Servicio Público de Navegación Aérea, con excepción de los servicios prestados por el Ministerio de Defensa.

A partir de esta sanción, la Dirección General de Control de Tránsito Aéreo dependiente de la Fuerza Aérea Argentina, pasa de depender de la Secretaría de Estrategia de Asuntos Militares del Ministerio de Defensa.

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FUENTE: SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN PÚBLICA- PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

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