Franquicia en free shops. Nuevo monto.
Actualizaron el valor de la franquicia para bienes adquiridos en free shops de llegada. ¡Enterate!
La Resolución General 4181-E establece, en relación a la franquicia adicional para los bienes adquiridos en las tiendas libres (free shops) de llegada, lo siguiente:
Los viajeros gozarán de una franquicia adicional de U$S 500, o su equivalente en otra moneda, respecto de los bienes adquiridos en las tiendas libres (free shops) de llegada, quedando su exceso – siempre que los mismos encuadren en concepto de equipaje- sujeto al pago de un único tributo con alícuota del 50% .
Aclaraciones
Los bienes adquiridos en Buquebus o Ferrylíneas ingresan con la franquicia común prevista para vía Fluvial en el punto 2.3 del Anexo IV la RG 3751/94 (U$S 150.-), no resultando la aplicación la franquicia prevista para tiendas libres (free shops) de llegada.
Asimismo en el Free Shop de Puerto Iguazú (Misiones) será de aplicación la franquicia para tiendas libres (free shops) de llegada cuyo monto actualmente es de U$S 500.
Las tiendas consideradas como “free shops” en Argentina se encuentran en los aeropuertos que tienen arribos y salidas de vuelos internacionales: el Aeroparque Jorge Newbery (Ciudad de Buenos Aires), el Aeropuerto Internacional de Ezeiza Ministro Pistarini (Buenos Aires), el Aeropuerto Internacional Ambrosio Taravella (Córdoba), el Aeropuerto Internacional El Plumerillo (Mendoza), el Aeropuerto Internacional San Carlos de Bariloche (Río Negro) y el Aeropuerto Internacional Rosario “Islas Malvinas” (Santa Fe). Además de la ya mencionada en el párrafo anterior ubicada en Misiones.
La presente norma entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.
Fuente: Resolución General 4181-E
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FUENTE: AFIP